¿Qué se lleva hacienda de la Lotería de Navidad?

¿Qué se lleva hacienda de la Lotería de Navidad?

¿Qué se lleva hacienda de la Lotería de Navidad?

El 22 de diciembre es una fecha señalada en el calendario español. La Lotería de Navidad genera ilusión y reparte numerosos premios entre los afortunados. Concretamente, en 2019 se van a repartir 2.380 millones de euros. Los agraciados con el “Gordo” van a recibir 400.000 euros al décimo. Así pues, la pregunta de casi la totalidad de los que participan en este tradicional juego, es ¿Qué se lleva hacienda de la Lotería de Navidad?

Este Sorteo representa para Hacienda una gran fuente de ingresos. Y es que, mientras que los premios inferiores a 20.000 euros están exentos de tributación, aquellos que tienen la suerte de recibir cantidades superiores si van a tener que rendir cuentas ante la administración.

Hasta 2012 las ganancias de los juegos de azar habían estado exentas de tributar, pero el panorama actual es distinto.

Tributas un 20% a Hacienda

De lo que ganes en la Lotería tendrás que tributar a Hacienda un 20% de lo que supere el mínimo exento (va a ir subiendo desde los 10.000 euros de 2018 hasta alcanzar los 40.000 euros en 2020). Este año, en 2019, los premios de hasta 20.000 euros van a estar exentos de tributar en el IRPF, por lo que no se van a pagar impuestos por esa cantidad, pero sí un 20% sobre el resto.

Ejemplo:

Imagina que te tocan 25.000 euros. Los primeros 20.000 euros están libres de impuestos y sobre los 5.000 euros restante tendrás pagar un 20%. A final, Hacienda se queda con 1.000 euros de tu premio.

La Agencia Tributaria retiene IRPF  en los premios de la Lotería

Además, la Agencia Tributaria no va a esperar a que gastes tu dinero lo que hará es que te lo quitará antes de que llegue a tu cuenta. En otras palabras, hay una retención de IRPF en los premios de la Lotería.  

 Sin embargo, esta retención no te libra de tener que informar en la renta 2020 del premio que has ganado. Este tipo de premios se incluyen en la página 10 de la renta dentro del apartado de Ganancias y pérdidas patrimoniales no derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales y más concretamente en el apartado de Premios obtenidos por la participación en juegos, rifas o combinaciones aleatorias sin fines publicitarios. 

 Así, en la casilla 266 de la renta hay que poner los premios en metálico y en la casilla 268 y 269 la retención del 20%, que son los ingresos a cuenta ya pagados.

Si no se ha hecho previamente la retención del 20%, es necesario rellenar el Modelo 136 de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas.

Y los contribuyentes no residentes deben rellenar el modelo 230 de la AEAT para aplicar las retenciones.

Cualquier consulta, te invitamos a que contactes con nosotros a través de info@hlcasesoria.es o llámandonos al 963 527 446 . No te olvides de los impuestos cuando pienses que hacer con tu premio y ¡Mucha suerte!

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